El Superior Tribunal de Justicia dio precisiones de la fecha donde autoriza el libre ingreso a los edificios del Poder Judicial de los profesionales de la abogacía y los demás operadores judiciales
La medida permite que a partir del 15 de octubre de 2021, los profesionales de la abogacía y los demás operadores judiciales «concurran a los organismos a recurrir a la atención presencial espontánea».
Por este motivo, el control de ingreso deberá ser «organizado en cumplimiento de las normas de bioseguridad vigentes, para lo cual se afectará a una persona en la puerta de acceso de cada edificio, quien se encargará de medir la temperatura y de la sanitización de manos», se detalló.
Cuidados
También se dispuso que, en la medida en que las audiencias puedan celebrarse de manera presencial con estricto cumplimiento del distanciamiento y todas las medidas de prevención establecidas en los protocolos sanitarios vigentes, tal modalidad «deberá tener preeminencia sobre la virtual».
Además, se mantiene vigente «el sistema de turnos, audiencias programadas u otras citaciones, el que será optativo para cada organismo».
Por último, el alto cuerpo encomendó a la Superintendencia de cada jurisdicción y a la Mayordomía, que «arbitre las medidas necesarias a fin de respetar el distanciamiento –dos metros- y el volumen de circulación, conforme la capacidad de cada edificio, así como el control del cumplimiento del uso de barbijo».
(Fuente :DRU)