Sáb. Abr 20th, 2024

El artículo 55 de la Resolución 2722/20 del CGE que define el protocolo escolar para la vuelta a la presencialidad en el territorio entrerriano permite también a los padres, que no quieran que sus hijos e hijas concurran a los establecimientos escolares para tener clases presenciales, acordar con las autoridades de la escuela un compromiso familiar de acompañamiento en el aprendizaje de los contenidos curriculares.

El pasado sábado, mediante el decreto Nº 1.500 GOB, se modificó el artículo 4° del Decreto N° 1417/21, y se estableció que “se mantendrán las clases presenciales y actividades educativas presenciales en todo el territorio provincial y en todos sus niveles”.

Muchos padres y madres, algunos que son personas de riesgo, que no quieren que sus hijos e hijas soporten temperaturas invernales con aulas ventiladas y abiertas, que conviven con personas adultas mayores o con enfermedades, que necesitan del auxilio de abuelos y abuelas y otros parientes para el cuidado de sus descendientes para así poder salir a trabajar, que no quieren que los menores se vean expuestos a contraer la enfermedad por Covid-19 u otro tipo de afecciones propias del invierno, pueden -con un simple trámite- negarse a que sus hijos e hijas concurran a las clases presenciales, algo que está estipulado en la resolución 2722/20 del Consejo General de Educación de la provincia de Entre Ríos (CGE).  

Según explicó, Luis Niz, titular del gremio docente AGMER en Concordia, “en el artículo 55 de la resolución 2722/20 que establece el protocolo para la vuelta a la presencialidad escolar el trámite es sencillo: Los padres, madres, tutores o encargados/as deberán asistir al establecimiento escolar y acordar con las autoridades del mismo para que el estudiante no asista a la escuela por decisión familiar y tomar el compromiso de acompañarlo en su educación desde la no presencialidad.” 

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